Imagen de recurso de una agente de la Policía frente a su ordenador (Policía Nacional)
Imagen de recurso de una agente de la Policía frente a su ordenador (Policía Nacional)
(POLICÍA NACIONAL/)

Agentes de la Policía Nacional han detenido a doce personas, en distintas provincias españolas, por producir y distribuir contenido pornográfico infantil a través de Internet. Entre ellas, el principal investigado era profesor de inglés y grababa con cámara oculta a sus alumnas durante las clases. También realizó grabaciones a sus hijos menores mientras jugaban desnudos en su domicilio.

Por el momento, hay 10 víctimas identificadas, todas ellas jóvenes con edades comprendidas entre los 13 y los 17 años. Los agentes han intervenido 18 discos duros, 4 ordenadores, 18 teléfonos móviles, 25 memorias USB, 3 tablets, 2 cámaras de fotos y 164 CD/DVD.

La investigación se inició dentro de las labores preventivas de ciberpatrullaje que realizan habitualmente los agentes, para la lucha contra la difusión de archivos de material de abuso sexual infantil a través de la web. La dificultad de la investigación ha radicado en lograr la plena identificación de algunos de los usuarios debido a las técnicas de ocultación de identidad que empleaban para obtener la mayor cantidad de contenido sexual infantil posible sin ser detectados ni localizados.

El principal investigado resultó ser profesor de inglés, propietario de una academia en la ciudad gaditana de Algeciras, que daba clase a menores de edad. En el registro de su domicilio, los agentes localizaron decenas de vídeos focalizados en las zonas más íntimas de sus alumnas que, presuntamente, habría grabado haciendo uso de algún dispositivo de cámara oculta.

Además, entre las víctimas del arrestado se encuentran sus dos hijos a los que grabó en diversas ocasiones mientras éstos jugaban desnudos en su domicilio. Los arrestos se han producido en las provincias de Cádiz, Málaga, Murcia, Madrid, Sevilla, Zaragoza, Barcelona y A Coruña.

El delito de tenencia y distribución de pornografía infantil

La posesión de material pornográfico infantil en España puede conllevar penas de prisión de tres meses a un año o multas de seis meses a dos años, según la legislación vigente. Para que se considere delito, es necesario que el material ilícito haya sido impreso o grabado en algún soporte con el fin de consumo propio, sin intervención en la filmación o comercialización.

Además, la posesión debe tener una duración mínima en el tiempo, ya que la posesión fugaz, como la descarga y borrado inmediato de un archivo, no se considera delictiva. La posesión de un único archivo pedófilo puede ser considerada accidental por los tribunales y, por tanto, no punible, debido a la alta probabilidad de que su descarga haya sido accidental. La policía suele enfocar sus investigaciones en casos donde se encuentran múltiples archivos completamente descargados.

La venta, distribución, exhibición, oferta y facilitación de material pornográfico infantil se castiga con penas de prisión de uno a cinco años. El origen desconocido o extranjero del material no exime del delito. Los casos más comunes en los tribunales incluyen la difusión de archivos ilícitos a través de programas peer-to-peer como eMule, el intercambio de material en grupos y chats, y el uso de páginas web con contenidos pedófilos. El intercambio automático mediante programas P2P, donde los archivos descargados se comparten por defecto con otros usuarios, representa un caso límite entre posesión y distribución.

Para evitar condenas injustas por la simple descarga de un archivo, el Tribunal Supremo adoptó un acuerdo en 1999 que establece la necesidad de analizar el conocimiento y la intención de distribuir en cada caso. Desde entonces, para ser condenado por distribución de pornografía infantil, es necesario que concurran más circunstancias que la simple descarga, como la tenencia de gran cantidad de material, la participación en foros pedófilos, el número de veces que se comparte, la estructura del terminal, la recepción de las imágenes o videos por otros usuarios, el grado de conocimiento de informática del acusado o los actos paralelos de compra e intercambio.

El delito de distribución se agrava con penas de hasta nueve años de prisión si el responsable utiliza a menores de 13 años, actúa de forma degradante o vejatoria, pertenece a una organización dedicada a estos delitos o es una persona encargada de hecho o de derecho del menor o incapaz.