Hugo Moyano, Marcos Galperin y Daniel Vila (del sindicato de Carga y Descarga)
Hugo Moyano, Marcos Galperin y Daniel Vila

En un fallo inusualmente duro, la Justicia le dio un fuerte golpe al Sindicato de Camioneros al rechazar su presentación contra el convenio entre Mercado Libre y la Unión de Trabajadores de Carga y Descarga (UTCYDRA) durante el gobierno de Cambiemos, en la que había denunciado “un pacto fraudulento y espurio entre el Ministerio (de Trabajo), una empresa fantasma y un sindicato sin representación”.

El conflicto se remonta a 2019, cuando Hugo y Pablo Moyano reclamaron el encuadramiento sindical de los 1200 empleados del centro de distribución de la empresa de Marcos Galperin ubicada en La Matanza y pusieron en tela de juicio el convenio porque fue aprobado como un “trámite exprés” durante la gestión de Dante Sica en el Ministerio de Trabajo en el gobierno macrista.

Incluso Pablo Moyano dispuso el bloqueo de la entrada de ese centro de distribución en julio de 2020 en reclamo del encuadramiento de esos trabajadores, pero, ante la intransigencia del dirigente, el gobierno de Alberto Fernández le pidió a Hugo Moyano, recluido en su casa por la pandemia, que lo excluyera de las negociaciones para poder encarrilar el diálogo con la empresa de Galperin.

Mercado Libre y camioneros
Camioneros bloquean la entrada al centro de distribución de Mercado Libre

Ahora, la jueza del Trabajo María Alejandra D’Agnillo rechazó la presentación de Camioneros al considerar que “carece de legitimidad activa” para efectuarla ya que, “en orden a los derechos y modalidades establecidas para los contratos de trabajo, sólo los propios interesados, empleados de la citada como tercero (Mercado Libre), podrían requerir la invalidez del convenio de empresa”.

“Aunque no estemos en presencia de un conflicto de Derecho Individual del Trabajo, cabe priorizar el interés de los trabajadores, sujetos de preferente tutela”, afirmó la jueza, que agregó: “No se pierde de vista que los convenios de empresa generalmente flexibilizan algunos aspectos de las modalidades de los contratos, pero también otorgan otros beneficios”. Y citó el informe contable que “da cuenta de que los sueldos devengados por los trabajadores (de Mercado Libre) resultan superiores a los que les correspondería según escalas salariales del convenio 40/89″ (firmado por el gremio de Moyano).

En los considerandos del fallo, D’Agnillo consideró que el reclamo de Moyano “no puede tener andamiento, máxime cuando la casi totalidad de dichos empleados se encuentran afiliados a UTDCYDRA y se ha demostrado que las actividades llevadas a cabo por la citada como tercero y la función de sus trabajadores no encuadran en la contemplada como representativa en las entidades actoras (por Camioneros), como para serles obligatorio la aplicación del CCT 40/89 en el que, por otra parte, tampoco se prueba hubiera estado representada la firma MELI LOG SRL (Mercado Libre)”.

Hugo y Pablo Moyano
Hugo y Pablo Moyano

En ese sentido, la magistrada resaltó en la sentencia que “quienes ostentan legitimidad para cuestionar la norma convencional que emanó de la negociación colectiva son precisamente los trabajadores a través de sus representantes sindicales”.

Pero, además, en el fallo desestimó dos de los argumentos esgrimidos por Camioneros para impugnar el convenio, que fueron la existencia de un “pacto fraudulento y espurio” entre los firmantes y las malas condiciones de trabajo de los empleados de Mercado Libre: por un lado, afirmó que “no surge elemento probatorio que pudiera dar cuenta de una connivencia temeraria entre las partes que negociaron y el Ministerio de Trabajo” y, por otro, sostuvo que, aunque el gremio de Moyano denunció que “los trabajadores de Meli Log se encontrarían trabajando en condiciones de clandestinidad y en forma precaria, tampoco luce acreditado en modo alguno”.

Trabajadores de Mercado Libre
Trabajadores del centro de distribución de Mercado Libre en La Matanza

D’Agnillo jaquea los argumentos de Camioneros que reclaman el encuadramiento de toda actividad vinculada con la logística: “La actividad llevada a cabo en el establecimiento de Meli Log nada tiene que ver con transporte de mercaderías -señaló-. Véase que los camiones y demás vehículos destinados a la distribución de las mercaderías comercializadas a través del sistema de Mercado Libre, que acerca a los vendedores y compradores, se lleva a cabo puertas afuera del establecimiento, donde no prestan servicios los empleados de Meli Log que se ocupan de la estiba, empaquetamiento, distribución, clasificación y logística dentro del mismo centro para realizar los envíos”.

El fallo constituye un nuevo triunfo -esta vez judicial- de Carga y Descarga, conducido por el barrionuevista Daniel Vila, el primer dirigente desde 2003 que resistió exitosamente el intento del Sindicato de Camioneros de quedarse con el encuadramiento de afiliados de otros gremios.

Gustavo Vila, Luis Barrionuevo y Daniel Vila, del Sindicato de Carga y Descarga
Gustavo Vila, Luis Barrionuevo y Daniel Vila, del Sindicato de Carga y Descarga

“Para nosotros es muy importante porque el fallo marca un antes y un después -dijo a Infobae Gustavo Vila, secretario adjunto de Carga y Descarga e hijo del titular del gremio-. Nos abre un montón de puertas con empresas que quizás no se animaban a salir de este encierro que generaba Camioneros. Y también es un voto de confianza para toda la gente que está afiliada al gremio y que quiere seguir estando representada por nosotros”.

Consultado acerca de si el fallo sienta un antecedente para otros gremios en pelea similares con los Moyano, Vila enfatizó: “Exactamente. Cambió el paradigma de lo que hasta hoy todo lo que era logística se fallaba en favor de ellos. (Camioneros) Es solamente un sector de la logística”.

El fallo judicial le da también un alivio a Mercado Libre: sus 1500 empleados seguirán afiliados a Carga y Descarga y le da tranquilidad de que Camioneros no amenazará la anunciada apertura de un nuevo centro de distribución, contiguo al actual, donde trabajarán otros 3000 empleados desde 2025.