La Justicia de Madrid ha abierto este miércoles diligencias contra el productor musical Nacho Cano y otras tres mujeres por la presunta comisión de delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y los trabajadores en la organización de su musical ‘Malinche’.
El auto, al que ha tenido acceso Infobae España, explica que se contactó con 19 personas de México para que participaran en la obra como bailarines, y que serían trasladados desde México a Madrid para participar en el musical, pero que primero harían una formación. Conversaciones del grupo de Whatsapp entre los seleccionados y la representante legal de Cano, Roxana, revelan, según explican los agentes de policía encargados de tramitar la denuncia, que los elegidos recibieron instrucciones para entrar a España en calidad de turistas y no como estudiantes. “Les recuerdo que viajarán en calidad de turistas, no deben mencionar en migración que van a estudiar”, escribe Roxana en el grupo de los bailarines elegidos para participar en el musical, según las conversaciones por WhatsApp aportadas por la denunciante.
Pese a estas primeras instrucciones, la denunciante asegura que les prometieron que regularizarían su situación administrativa en España por medio de un permiso de estudiante que aún no se ha obtenido.
Según se detalla en el auto, “en base a las diligencias practicadas los investigadores consideran que existen indicios de delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, ya que los investigados de manera intencional habrían ayudado a personas no nacionales de Estados Miembros de la Unión Europea vulnerando la legislación relativa a la entrada o tránsito de extranjeros al considerar que la forma legal y correcta de acceder a España por parte de los seleccionados sería a través de una Autorización de Residencia y Trabajo Inicial por Cuenta Ajena o incluso una Autorización de Residencia para Personal Altamente Cualificado, al tratarse de personas concretas, tal y como establece la normativa vigente, conllevado este tipo de autorizaciones el cumplimiento de unos requisitos como pudiera ser, entre otros, el establecimiento de un contrato laboral firmado por empleado y empleador y el alta de los trabajadores en la Seguridad Social, siendo este extremo competencia exclusiva del empleador”
La organización argumenta que los jóvenes estaban “becados con un contrato de prácticas”. La causa judicial sigue abierta para conocer cuál era el estado real de la tramitación del permiso de los bailarines para poder quedarse en España a estudiar y realizar dichas prácticas y, una vez practicadas las diligencias ordenadas por la jueza, se citará a los investigados para tomarles declaración.
Qué dice la ley sobre extranjeros y prácticas
La normativa sobre visados de estudios, prácticas y formación tiene su respuesta en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, según explica Muñoz Abogados.
Los trabajadores extranjeros en España tienen derecho a recibir el pago de sus salarios conforme a lo establecido en la legislación laboral española y los convenios colectivos aplicables. El salario debe ser abonado en moneda de curso legal y dentro de los plazos establecidos, permitiéndose el uso de medios electrónicos siempre que estos sean accesibles para el trabajador. La composición del salario incluye el salario base y, en su caso, los complementos salariales pactados en el contrato de trabajo o el convenio colectivo correspondiente.
Según el Real Decreto 557/2011, los trabajadores extranjeros tienen derecho a un periodo de vacaciones anuales retribuidas no inferior a 30 días naturales, salvo que el convenio colectivo disponga un periodo superior. Estas vacaciones se disfrutarán conforme a la legislación laboral española y los convenios colectivos aplicables.
En cuanto a la jornada laboral, podrán realizar como mínimo una jornada de 30 horas semanales en el periodo de 6 meses o de 15 horas semanales en un periodo de 12 meses, y en el caso del trabajo por cuenta propia, una actividad continuada de, al menos, seis meses.
Las condiciones estipuladas eran jornadas laborales de 9 a 18 horas, con dos descansos, uno de media hora a las doce y otro a las 13h. para comer, para sus gastos personales recibían 500 euros mensuales y, dada su condición de estudiantes, no podían trabajar en otro sitio, con la excepción de la discoteca Templo Canalla.