La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de dos acusados de maltratar a un perro, al que mantenían el hocico atado con una cuerda para que no molestara a los vecinos. La vista oral está señalada para este jueves 23 de mayo, en el Juzgado de lo Penal número 1 de Oviedo, a las 10.30 horas.
El Ministerio Fiscal sostiene que, en el mes de marzo de 2019, uno de los acusados, nacido en 1992, dejó a su perro, de raza pastor alemán cruzado, para que se lo cuidase su amiga, la también acusada, nacida 1996, quien lo tuvo en su domicilio de Oviedo.
No obstante, ante las molestias vecinales por sus ladridos, el acusado le ató el hocico con una cuerda, manteniéndolo la acusada en esta situación, pese a que le impedía comer, circunstancia que también era conocida y tolerada por el acusado.
Al no poder acoger por más tiempo al animal en el domicilio, y tras decírselo en múltiples ocasiones a su amigo, el perro, en el mes de junio, fue trasladado al interior de una nave industrial cerrada y tapiada, sin alimento ni bebida, con conocimiento de ambos acusados, quienes no le prestaron atención ni asistencia alguna.
Fue recogido por efectivos de la Policía Local en la mañana del día 7 de julio de 2019 y trasladado al albergue de animales del Ayuntamiento de Oviedo. Derivado de la sujeción del hocico, el animal presentaba una herida perimetral perpendicular al eje de aquel que afectaba a piel y subcutáneo, así como otras heridas en la extremidad anterior derecha, de las que fue atendido en una clínica veterinaria.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito relativo a la protección de los animales domésticos, en su modalidad de maltrato y solicita que se condene a cada uno de los acusados a 8 meses de prisión e inhabilitación especial para ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga que ver con animales, así como para la tenencia de animales, durante 3 años.
En concepto de responsabilidad civil indemnizarán, conjunta y solidariamente, al albergue de animales del Ayuntamiento de Oviedo por los costes de manutención del animal durante un año, o en su defecto por el tiempo que hubiera estado en caso de adopción, así como por los gastos de atención sanitaria, todo ello a acreditar en ejecución de sentencia y más los intereses legales correspondientes.