Los últimos días han sido de gran protagonismo para Migración Colombia, después de que se conociera sobre la inadmisión de tres ciudadanos extranjeros que pretendía llegar hasta Medellín y Santa Marta a “vacacionar”, razón que no fue suficiente para los agentes migratorios que los encontraron vinculados a presuntos casos de explotación sexual.
La medida se aplicó en dos de las terminales aéreas más importantes del país: el Aeropuerto Internacional José María Córdova de Rionegro y la terminal aérea Simón Bolívar de Santa Marta. En la terminal de Antioquia fueron inadmitidos dos ciudadanos de origen estadounidense, mientras que en la capital del Magdalena fue devuelto un ciudadano australiano que viajaba desde Países Bajos.
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Y es que una de las principales razones de los agentes migratorios para no permitir su ingreso al país, a pesar de que provenían de diferentes partes del mundo, fue que los tres extranjeros ya habían visitado Colombia y, en su momento, fueron reseñados por la Alcaldía de Medellín por su presunta participación en casos de explotación sexual.
Justamente la vulneración de los derechos de menores de edad fue el detonante para que Migración Colombia reforzara los controles de ingreso a los ciudadanos extranjeros, que ahora se han vuelto más inflexibles para evitar la posible comisión de delitos, especialmente de tipo sexual, contra la población colombiana.
De hecho, los agentes migratorios se basan en el decreto 1727 de 2020, que modificó varios artículos del Decreto 1067 de 2015, y que definió quince motivos principales para esta impedir que los visitantes internacionales ingresen o hagan tránsito por el territorio nacional.
Una de las primeras causas es la falta de documentos exigidos para entrar al país, como el pasaporte y los documentos que certifiquen el viaje. De hecho, los agentes podrán negar el ingreso a trabajadores internacionales y estudiantes si no han tramitado debidamente su visa temporal.
Otro motivo importante es el incumplimiento de las normas de salud pública del país, como por ejemplo, no contar con el esquema obligatorio de vacunación o portar elementos que generen riesgo a la salud nacional. Incluso, el decreto también obliga a los agentes de Migración Colombia a negar el ingreso a personas que tengan síntomas de enfermedades con potencial epidémico o pandémico, como ocurrió durante la pandemia del covid-19.
Además, los antecedentes judiciales en archivos nacionales o internacionales son una causa frecuente de inadmisión, como en los recientes casos de los ciudadanos estadounidenses y el ciudadano australiano. De hecho, no es necesario contar con una investigación vigente para impedir su ingreso, sino que basta con que su nombre aparezca reseñado en algún proceso que adelanten las autoridades colombianas.
“Se entenderá por antecedente penal, las condenas proferidas en sentencia judicial ejecutoriada, y por anotación, todo registro de información y/o de inteligencia que posea el extranjero en los archivos de los organismos de seguridad y defensa”, aclara el decreto nacional.
Migración Colombia también cita la seguridad nacional como otro motivo para denegar el ingreso, argumentando que algunas personas pueden representar un peligro para el país. Además, la norma también indica que el irrespeto o amenaza a los funcionarios durante el proceso de ingreso puede resultar en admisión denegada.
En caso de que el ciudadano extranjero haya sido deportado, extraditado o expulsado por las autoridades colombianas, los agentes también impedirán el ingreso al país mientras no haya culminado el periodo de sanción establecido previamente. La presentación de documentos falsos es otro motivo por el que Migración Colombia puede negar la entrada a extranjeros, una medida que refuerza la seguridad en las fronteras del país.
La falta de recursos suficientes para permanecer en Colombia y no cancelar sanciones monetarias impuestas previamente en el país son también causas de inadmisión. Además, proporcionar información falsa durante la entrevista de ingreso es otra razón por la cual Migración puede denegar la entrada.
Recuerde que las autoridades migratorias siempre solicitarán un tiquete de regreso a su país de origen u otro destino si se pretende ingresar por un tiempo inferior a seis meses. Además, la norma también establece que el extranjero que haya permanecido en el país por 180 días (seis meses) de forma continua y quiera reingresar en el mismo año, no podrá hacerlo. Finalmente, Migración Colombia puede aducir temas de soberanía para justificar la inadmisión de un ciudadano extranjero.
Entretanto, la Alcaldía de Medellín ha declarado que seguirá trabajando en la lucha contra la explotación sexual, una problemática que afecta a la ciudad y que no se limitará solo a la inadmisión de extranjeros con antecedentes. La medida hace parte de un esfuerzo más amplio por mejorar la seguridad y proteger a la población vulnerable de la explotación.