El juez instructor de la Audiencia Nacional que ha investigado el papel de cuatro dirigentes de la extinta banda terrorista ETA en el secuestro y asesinato en 1997 del concejal del PP de Ermua Miguel Ángel Blanco, ha tenido que suspender este miércoles la declaración de la exjefa María Soledad Iparraguirre, alias ‘Anboto’, para comunicarle su procesamiento dado que su abogado no ha comparecido.
Así lo confirman a Europa Press fuentes jurídicas, que añaden que el magistrado titular de Juzgado Central de Instrucción número 6, Manuel García Castellón, de momento no ha fijado nueva fecha para volver a citar a ‘Anboto’.
Precisamente, este martes el que fuera jefe de la organización terrorista ETA José Javier Arizcuren, alias ‘Kantauri’, se declaró insolvente y mostró su disconformidad con el auto por el que la Audiencia Nacional le procesó junto a otros.
Cabe recordar que fue el pasado mes de abril cuando García Castellón, que considera que dada la posición de dominio de los exjefes de ETA en la organización, se dan los requisitos de la autoría mediata para juzgarles.
En un auto de más de 100 páginas, recogido por esta agencia de noticias, el juez acordó el procesamiento de los exmiembros del Comité Ejecutivo de ETA ‘Kantauri’; Mikel Albisu Iriarte, ‘Mikel Antza’, María Soledad Iparraguirre, ‘Anboto’, e Ignacio de Gracia Arregui, ‘Iñaki de Rentería’.
Mientras que este miércoles se había programado la declaración indagatoria de ‘Anboto’ —en la que le iba a comunicar el procesamiento–, las de ‘Mikel Antza’ e ‘Iñaki de Rentería’ se celebraron el pasado 13 de mayo, y ambos mostraron su oposición al citado auto.
AGRAVANTE DE ALEVOSÍA
A los cuatro el juez les procesó por los delitos de secuestro y asesinato terrorista con la agravante de alevosía. El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 entendía que podían haber impedido el asesinato de Blanco y no lo hicieron, lo que evidenciaba «una voluntad inequívoca en la producción del resultado».
García Castellón impuso además a los cuatro el pago de una fianza solidaria de 2 millones de euros con los que hacer frente a las posibles responsabilidades civiles que se les pudieran imponer en caso de condena.
El magistrado recordaba que, al momento del asesinato, los cuatro procesados ostentaban «suficiente capacidad de mando y de decisión sobre la actividad terrorista de la organización tanto como para haber podido tomar la decisión de que no se secuestrase a la víctima, como para evitar el desenlace último del secuestro». Y todo porque podían haber dado al Comando Donosti «la orden expresa y concreta de poner en libertad» a Miguel Ángel Blanco.
El juez consideraba además «improbable» que una acción terrorista como esa «fuese realizada por un comando de ETA sin que mediase una decisión y una planificación previa, así como unas órdenes concretas y específicas, emanadas de la principal estructura directiva de ETA».